FORMAS LEGALES DE FACTURAR SIN SER AUTÓNOMO

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Darse de alta en una cooperativa de trabajo asociado o registrarse en el censo de empresarios, profesionales y retenedores, son algunos de los pasos o alternativas.

 

 

Con la irrupción de la crisis se han multiplicado los casos de trabajadores que prestan sus servicios a empresas de manera autónoma, lo que también se conoce como freelance. Su trabajo no es estable, ya que unos meses ganarán más y en otros tendrán serios problemas para llegar a final de mes, en función de los clientes que consigan.

 
Y para algunos, abonar la cuota correspondiente al régimen de autónomos todos los meses resulta una utopía. Pese a ello, existe la posibilidad de facturar por los trabajos que se hagan sin necesidad de darse de alta como autónomos, como recoge el programa de televisión de La 2 ‘Aquí hay trabajo’.

 
Un ejemplo para explicar esto puede ser la puesta en marcha de una página de comercio online. Hay mucha incertidumbre sobre las ventas, pero por poco que se comercialice habrá que facturar. Todo ello sin darse de alta como autónomos, de momento.

 
En primer lugar hay que darse de alta en el censo de empresarios, profesionales y retenedores. Es gratis y paso imprescindible. Si emitimos una factura sin haber pasado previamente por aquí estaríamos cometiendo un delito. Cumpliendo con este trámite podremos emitir facturas que pasarán por la caja del IVA cada tres meses. No hay problema en proceder así, según aseguran desde el programa, siempre y cuando no superemos el Salario Mínimo Interprofesional.

 
Otras fórmulas para facturar

 
Hay otra manera que también puede servir para facturar: la cooperativa de trabajo asociado. El primer paso será hacerse socio. De media suele costar unos 90 euros. A partir de ese momento cada trabajo se facturará a nombre de la cooperativa y no a nuestro nombre. Se ocupará de cobrar la factura y descontará impuestos y costes, y con lo que sobre nos paga la parte correspondiente en forma de nómina. Además de socios seremos trabajadores y permaneceros de alta en el Régimen General de la Seguridad Social con derecho a paro, baja de enfermedad y pensión de jubilación y todo ello librándonos de papeleos y trámites burocráticos.

 
Cualquiera de estas dos opciones resultan más baratas que pagar las cuotas de autónomos. Opciones, en cualquier caso, a tener en cuenta en los inicios de la actividad, en donde no se facturan grandes cantidades.

Noticia extraída de: cincodias.com