¿A qué sanciones se enfrenta quien no declara el alquiler de una vivienda si Hacienda lo detecta?

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España posee una gran economía sumergida derivada del incumplimiento de la declaración de los pisos en alquiler. Y es que los propietarios de las viviendas son reticentes a declarar estos inmuebles alquilados ya que lo asocian con pagar una mayor cantidad de impuestos.

Nuria Díez, abogada de Legálitas, asegura en idealista.com que si bien es cierto que el IRPF es un impuesto progresivo, las leyes actuales están orientadas a establecer mecanismos que favorezcan su declaración. «De hecho, en la actualidad existe una reducción del 60% de los rendimientos netos obtenidos por los pisos alquilados, lo que hace muy atractiva la tributación de los alquileres», afirma Díez.

¿Y si Hacienda detecta el alquiler sin declarar?
Si a pesar de todo el contribuyente que tiene un inmueble alquilado como arrendador o propietario no incluye el rendimiento generado por dicho alquiler en su autoliquidación de IRPF, se expone a que la Administración Tributaria lo detecte.

En ese caso Hacienda le enviará una propuesta de liquidación, conocida coloquialmente como una ‘paralela’, en la que se le incluyen las rentas que no ha declarado, saliendo por tanto un resultado distinto, que normalmente suele ser menos a devolver, o bien más a pagar.

Sanciones de entre el 50% y el 150%
Además de la liquidación, la Administración Tributaria puede sancionar al contribuyente si entiende que la actuación llevada a cabo no ha estado dentro de los límites legales y está orientada a defraudar a la Administración. Así, por un lado estará obligado a pagar los importes que en su día no declaró y por otro deberá enfrentar la sanción en caso de que se le aplique.

Desde Legálitas aseguran que el importe de una sanción de este tipo puede oscilar entre el 50% y el 150% de lo que se ha dejado de declarar, en función de si Hacienda califica el ‘olvido’ como leve, grave o muy grave. A su vez establece reducciones en función de si se reclama o no, y en función de que se efectúe el pago en los plazos estipulados en la normativa.

Desde Legálitas recomiendan que se declaren los alquileres siempre ya que el control de la Administración Tributaria es cada vez más detallado y la mayoría de los casos acaban en sanción.

Noticia extraída de: eleconomista.es